Turismo: proyecto de reglamento para Registro Único de Beneficiarios
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) ha dado un paso relevante hacia la formalización y ordenamiento del sector turístico peruano al disponer la publicación de un proyecto normativo clave. Esta medida abre un período de consulta pública que permite a los actores del sector conocer y opinar sobre las reglas que regirán un registro oficial de beneficiarios antes de que entren en vigor.
¿Qué establece la norma?
La Resolución Ministerial N° 240-2026-MINCETUR, publicada el 26 de julio de 2026, dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprobará el Reglamento del Registro Único de Beneficiarios del Sector Turismo. En términos prácticos, esto significa que el texto del reglamento propuesto queda a disposición del público para recibir comentarios y observaciones antes de su aprobación definitiva. Este mecanismo de prepublicación, previsto en la normativa peruana de mejora regulatoria, busca que la norma final incorpore aportes de quienes serán directamente afectados por ella. Para conocer los requisitos, plazos y procedimientos concretos del registro, conviene revisar el texto completo del proyecto publicado por MINCETUR.
¿A quién afecta?
Este proyecto interesa a un espectro amplio de operadores y personas vinculadas al turismo en el Perú:
- Empresas prestadoras de servicios turísticos (agencias de viaje, operadores turísticos, guías oficiales de turismo).
- Establecimientos de hospedaje de cualquier categoría.
- Empresas de transporte turístico terrestre, fluvial y lacustre.
- Emprendedores y microempresarios del sector, especialmente en zonas con alta afluencia de visitantes.
- Entidades públicas que administran beneficios, incentivos o programas dirigidos al sector turístico.
Qué debes tener en cuenta
La creación de un Registro Único de Beneficiarios en cualquier sector suele tener consecuencias directas sobre el acceso a programas de apoyo, incentivos económicos o habilitaciones administrativas. Inscribirse o mantenerse inscrito en registros de este tipo puede convertirse en un requisito para acceder a beneficios futuros o para acreditar formalidad ante clientes y autoridades. Dado que el reglamento aún es un proyecto, este es el momento oportuno para revisar su contenido, identificar obligaciones que podrían aplicar a tu actividad y, de ser necesario, presentar observaciones a través de los canales que MINCETUR habilite. No esperes a la aprobación definitiva para analizar el impacto en tu negocio.
Seguir de cerca el proceso de aprobación de esta norma permitirá a los actores del sector turístico anticipar cambios operativos y cumplir con las nuevas exigencias desde el primer día de vigencia.
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