Perú ratifica TLC con Hong Kong, China: nuevo mercado para empresas y profesionales
El Perú amplía su red de tratados comerciales con la ratificación formal del acuerdo de libre comercio con Hong Kong, China, una plaza financiera y logística de proyección global. Este decreto supremo consolida el marco jurídico que regirá el intercambio bilateral de bienes y servicios entre ambas economías, incluyendo una disposición específica para los servicios profesionales.
¿Qué establece la norma?
El Decreto Supremo N° 030-2026-RE, emitido el 15 de julio de 2026, ratifica dos instrumentos internacionales de manera simultánea: el Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Hong Kong, China, y la Carta Paralela sobre Servicios Profesionales que lo complementa. La ratificación mediante decreto supremo es el acto interno por el cual el Estado peruano manifiesta su consentimiento definitivo en obligarse por un tratado, otorgándole plena vigencia en el ordenamiento nacional. La existencia de una carta paralela dedicada a servicios profesionales es un elemento que distingue a este acuerdo, pues reconoce que este sector requiere reglas específicas más allá del capítulo general de servicios. Los términos detallados de ambos documentos deben consultarse en el texto íntegro de la norma.
¿A quién afecta?
El alcance de este acuerdo es amplio y toca a actores muy diversos:
- Exportadores e importadores de bienes que operan con Hong Kong como destino o tránsito hacia mercados asiáticos.
- Empresas de servicios —logística, finanzas, consultoría— que buscan acceder al hub comercial hongkonés.
- Profesionales independientes (abogados, ingenieros, contadores, entre otros) cuyas actividades transfronterizas podrían quedar reguladas por la Carta Paralela sobre Servicios Profesionales.
- Inversionistas interesados en estructuras que aprovechen la posición de Hong Kong como centro financiero internacional.
Qué debes tener en cuenta
Aunque la ratificación marca el compromiso jurídico del Perú, la aplicación práctica depende de los mecanismos de entrada en vigor que establezca el propio acuerdo, por lo que conviene verificar si ya rige desde la fecha del decreto o si requiere notificaciones adicionales entre las partes. Para los profesionales y empresas de servicios, la Carta Paralela es el documento clave que definirá reconocimiento de títulos, habilitaciones y condiciones de prestación; revisar su texto completo es indispensable antes de planificar operaciones. En materia arancelaria y de reglas de origen, los detalles específicos —porcentajes, listas de desgravación, plazos— no se desprenden de la sumilla oficial, así que se recomienda consultar el texto íntegro publicado en el Diario Oficial El Peruano.
La ratificación de este acuerdo representa una oportunidad concreta para diversificar mercados hacia Asia, pero aprovecharla bien exige conocer sus reglas a fondo antes de tomar decisiones comerciales o profesionales.
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