procesal

Ositrán estrena reglamento de mesa de partes virtual y casilla electrónica

RESOLUCIÓN N° 0042-2026-CD-OSITRAN · 03 de agosto de 2026

Ositrán estrena reglamento de mesa de partes virtual y casilla electrónica

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) ha dado un paso concreto hacia la digitalización de sus procedimientos administrativos. Con esta resolución, se formaliza el marco normativo que regula cómo los administrados pueden interactuar electrónicamente con el organismo, lo cual tiene implicancias directas en la gestión de concesiones de infraestructura de transporte a nivel nacional.

¿Qué establece la norma?

Mediante la Resolución N° 0042-2026-CD-OSITRAN, publicada el 26 de julio de 2026, el Consejo Directivo de Ositrán aprueba el Reglamento para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica del organismo. En esencia, la norma regula la presentación electrónica de escritos ante Ositrán, estableciendo las condiciones y procedimientos bajo los cuales los administrados pueden remitir documentación a través de canales digitales oficiales. Esto supone que la interacción con el regulador ya no requiere necesariamente la presencia física para ingresar documentos, siempre que se cumplan los requisitos previstos en el reglamento aprobado.

¿A quién afecta?

El alcance de esta norma es amplio dentro del ecosistema regulado por Ositrán. Entre los principales afectados se encuentran:

  • Concesionarios de infraestructura vial, portuaria, aeroportuaria y ferroviaria supervisados por Ositrán.
  • Usuarios y administrados que presenten escritos, recursos o solicitudes ante el organismo en el marco de procedimientos administrativos.
  • Abogados y asesores legales que patrocinen casos ante Ositrán o gestionen trámites regulatorios.
  • Empresas e inversionistas vinculados a proyectos de infraestructura de transporte público.

Qué debes tener en cuenta

La aprobación de un reglamento de este tipo suele incluir reglas sobre habilitación de la casilla electrónica, validez de los escritos presentados digitalmente, plazos de recepción y efectos jurídicos de la notificación electrónica. Sin embargo, los detalles específicos —como requisitos técnicos, formatos admitidos o condiciones de uso— no constan en los datos disponibles, por lo que conviene revisar el texto completo de la norma publicado en el Diario Oficial El Peruano. Es recomendable que quienes tienen procedimientos activos ante Ositrán verifiquen con prontitud si están obligados o habilitados a usar estos canales digitales, a fin de evitar contingencias procesales.

La digitalización de las mesas de partes en organismos reguladores es una tendencia irreversible en la administración pública peruana; conocer y aplicar correctamente estas reglas puede marcar la diferencia en el resultado de un procedimiento.

📄 Fuente oficial: Diario Oficial El Peruano
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.