Ley 32704: espacios sensorialmente amigables en el transporte público
La Ley N° 32704, publicada el 4 de julio de 2026, modifica la Ley General de la Persona con Discapacidad para dar un paso concreto hacia un transporte público más inclusivo. Su relevancia radica en que traduce un mandato de no discriminación en una obligación operativa para el sistema de transporte terrestre del país.
¿Qué establece la norma?
La ley introduce modificaciones a la Ley 29973 con el propósito de exigir la implementación de espacios sensorialmente amigables dentro del transporte público terrestre. Estos espacios están diseñados para atender las necesidades específicas de personas con discapacidad, en particular aquellas con hipersensibilidad sensorial, condiciones del espectro autista u otras discapacidades que se ven agravadas por estímulos como ruido intenso, luz excesiva o aglomeraciones. La norma parte del reconocimiento de que la accesibilidad no se agota en rampas o señalética, sino que abarca también el entorno sensorial del viaje. Para conocer los alcances precisos —qué tipos de unidades se incluyen, plazos de adecuación y estándares técnicos— conviene revisar el texto completo de la norma.
¿A quién afecta?
El impacto de esta ley alcanza a distintos actores del ecosistema del transporte y la discapacidad:
- Personas con discapacidad sensorial, cognitiva o del neurodesarrollo que usan el transporte público y enfrentan barreras invisibles pero reales.
- Operadores y empresas de transporte público terrestre, que deberán adecuar sus unidades o protocolos de servicio.
- Autoridades de transporte y municipalidades, responsables de supervisar el cumplimiento.
- Familiares y cuidadores de personas con discapacidad, quienes gestionan cotidianamente el acceso a la movilidad.
Qué debes tener en cuenta
Este tipo de modificaciones a la Ley 29973 suele venir acompañado de reglamentos o directivas complementarias que precisan los requisitos técnicos y los cronogramas de implementación. Si eres operador de transporte, es recomendable anticiparte y revisar si tu flota o concesión queda comprendida en el ámbito de aplicación. Si eres persona con discapacidad o representas a una organización del sector, esta ley puede ser una herramienta para exigir mejoras concretas ante las autoridades competentes. En cualquier caso, dado que los detalles operativos no se desprenden únicamente de la sumilla, conviene leer el texto íntegro y estar atentos a las normas de desarrollo que emita el Ejecutivo.
La Ley N° 32704 es una señal de que la inclusión en el transporte avanza más allá de lo físico; su efectividad dependerá de la voluntad de implementación y del monitoreo ciudadano.
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.