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INEI publica el IPM de agosto 2026: revisa tus cálculos de indexación

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 195-2026-INEI · 08 de setiembre de 2026

INEI publica el IPM de agosto 2026: revisa tus cálculos de indexación

El INEI acaba de oficializar el Índice de Precios al Por Mayor (IPM) a nivel nacional correspondiente al mes de agosto de 2026, mediante la Resolución Jefatural N° 195-2026-INEI. Este indicador, aunque técnico en apariencia, tiene efectos directos sobre obligaciones tributarias y contractuales en múltiples sectores de la economía peruana.

¿Qué establece la norma?

La Resolución Jefatural N° 195-2026-INEI aprueba formalmente el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente a agosto de 2026. El IPM mide la variación de precios de bienes en la etapa mayorista, es decir, antes de llegar al consumidor final, y su publicación en el Diario Oficial El Peruano le otorga validez oficial para todos los usos legales y administrativos que lo requieran. Para conocer el valor exacto del índice aprobado, conviene revisar el texto completo de la norma.

¿A quién afecta?

El IPM es una cifra de uso transversal. Los sectores y personas más impactados incluyen:

  • Empresas y contribuyentes que utilizan el IPM como referencia para el ajuste de deudas tributarias o la determinación de bases imponibles actualizadas.
  • Contratistas y proveedores del Estado cuyos contratos contemplan fórmulas de reajuste de precios vinculadas a este índice.
  • Profesionales contables y tributaristas que deben incorporar el dato oficial en liquidaciones, declaraciones y peritajes.
  • Árbitros y jueces en procesos donde se discutan valores económicos que requieran actualización monetaria referenciada al período de agosto de 2026.

Qué debes tener en cuenta

La oportunidad de esta publicación es clave: los plazos para presentar declaraciones, solicitudes de reajuste o impugnaciones suelen correr desde que el índice queda oficialmente aprobado. Por ello, es recomendable verificar de inmediato si alguna obligación contractual o tributaria en curso depende del IPM de agosto. Dado que los mecanismos de aplicación varían según el tipo de relación jurídica, se sugiere revisar el texto íntegro de la norma y, de ser necesario, consultar con un especialista en derecho tributario o contrataciones.

La correcta incorporación del IPM oficial en los cálculos correspondientes no solo garantiza cumplimiento normativo, sino que también previene contingencias en fiscalizaciones o controversias contractuales.

📄 Fuente oficial: Diario Oficial El Peruano
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.