DS 148-2026-EF: cambia la lista IGV para mineras en exploración
El Decreto Supremo N° 148-2026-EF, publicado el 25 de julio de 2026, actualiza las reglas del beneficio de devolución definitiva del IGV e Impuesto de Promoción Municipal aplicable a la minería en etapa exploratoria. Se trata de un ajuste técnico con impacto directo en la liquidez y la planificación fiscal de las empresas del sector.
¿Qué establece la norma?
La norma modifica la lista general de bienes y servicios cuya adquisición otorga derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal a favor de los titulares de actividad minera durante la fase de exploración. En la práctica, esto significa que algunos bienes o servicios podrían haber sido incorporados, retirados o redefinidos dentro del catálogo que habilita el beneficio. Dado que la sumilla oficial no detalla los ítems específicos modificados, es indispensable revisar el texto completo del decreto para identificar los cambios puntuales.
¿A quién afecta?
El decreto impacta de manera directa e inmediata a:
- Titulares de concesiones mineras que se encuentren en fase de exploración y hayan suscrito o pretendan suscribir convenios de estabilidad tributaria o acogerse al régimen de devolución.
- Proveedores de bienes y servicios para proyectos mineros exploratorios, cuya facturación podría quedar incluida o excluida del listado habilitante.
- Contadores, asesores tributarios y equipos legales de las empresas mineras, responsables de la correcta aplicación del régimen y de la documentación de las solicitudes de devolución ante SUNAT.
- Inversionistas evaluando viabilidad económica de proyectos exploratorios en el Perú, para quienes la cobertura del beneficio influye en los flujos de caja proyectados.
Qué debes tener en cuenta
El beneficio de devolución definitiva del IGV en fase exploratoria es un incentivo sensible: su alcance depende estrictamente de que las adquisiciones correspondan a los bienes y servicios del listado vigente. Con esta modificación, las empresas deben auditar sus contratos y órdenes de compra en curso para verificar si los bienes o servicios que adquieren siguen calificando, o si nuevas categorías ahora los favorecen. Cualquier solicitud de devolución basada en un listado desactualizado puede derivar en observaciones o reparos por parte de SUNAT. Se recomienda revisar el texto íntegro del decreto y, de ser necesario, consultar con un especialista en tributación minera antes de presentar solicitudes de devolución o suscribir nuevos contratos de suministro.
Estar al día con estos ajustes normativos no es opcional para las empresas exploratorias: define directamente cuánto IGV recuperan y en qué plazo.
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.