Derogan el protocolo de medidas de protección de la Ley 30364
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha publicado la Resolución Administrativa N° 000303-2026-CE-PJ, mediante la cual deja sin efecto un protocolo interno clave que regulaba el otorgamiento de medidas de protección en casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Esta decisión impacta directamente en la forma en que los órganos jurisdiccionales gestionan una de las herramientas más sensibles del sistema de protección frente a la violencia familiar y de género.
¿Qué establece la norma?
La resolución deja sin efecto la Resolución Administrativa N° 071-2022-CE-PJ, que había aprobado el documento denominado “Protocolo sobre otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley N° 30364” — Versión 001. En términos concretos, esto significa que el instrumento normativo que guiaba internamente a los jueces y personal jurisdiccional en el procedimiento de emisión de estas medidas queda formalmente derogado, sin que —según los datos disponibles— se mencione su sustitución inmediata por un nuevo protocolo. Para conocer si existe un texto de reemplazo o un período de transición, conviene revisar el texto completo de la norma.
¿A quién afecta?
La medida tiene alcance amplio dentro del sistema de justicia y más allá:
- Jueces de familia y mixtos que tramitan procesos bajo la Ley N° 30364.
- Fiscales y policías que coordinan con el Poder Judicial en la cadena de protección a víctimas.
- Abogados defensores y litigantes que patrocinan causas de violencia familiar o de género.
- Víctimas de violencia que solicitan o ya cuentan con medidas de protección vigentes.
- Organizaciones de sociedad civil que hacen seguimiento a políticas de acceso a la justicia.
Qué debes tener en cuenta
La derogación de un protocolo institucional no extingue las obligaciones sustantivas que la Ley N° 30364 impone: los plazos legales para emitir medidas de protección y las garantías a favor de las víctimas siguen vigentes por mandato legal. Sin embargo, la ausencia de un protocolo actualizado puede generar disparidad en los criterios que aplican los distintos juzgados a nivel nacional. Si eres abogado o parte en un proceso de esta naturaleza, es recomendable estar atento a las directivas complementarias que el Poder Judicial pueda emitir próximamente, y verificar en el texto íntegro de la resolución si se establecen disposiciones transitorias.
La publicación de esta resolución abre una etapa de incertidumbre procedimental que merece seguimiento cercano; LexIA Perú continuará informando sobre las novedades normativas que la complementen.
⚖️ Contenido informativo, no constituye asesoría legal.