Aranceles judiciales: el Consejo Ejecutivo acaba de modificarlos
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial acaba de ajustar una pieza clave del sistema de acceso a la justicia: los aranceles judiciales. Esta modificación incide directamente en cuánto pagan los justiciables por tramitar sus procesos ante los juzgados del país, lo que la convierte en una norma de impacto inmediato y cotidiano.
¿Qué establece la norma?
La Resolución Administrativa N° 000307-2026-CE-PJ, publicada el 11 de septiembre de 2026, modifica la Trigésima Séptima Disposición Adicional del Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales. En términos concretos, ajusta los montos que los juzgados cobran por determinados trámites y servicios dentro de los procesos judiciales. El Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales es el instrumento normativo que fija las tarifas aplicables a cada actuación procesal —como la interposición de recursos, la expedición de copias certificadas o la realización de diligencias—, de modo que cualquier cambio en sus disposiciones adicionales puede alterar lo que efectivamente se paga en ventanilla.
¿A quién afecta?
El alcance de esta norma es amplio y toca a todos los involucrados en procesos judiciales en curso o por iniciarse:
- Litigantes (personas naturales y jurídicas) que deban abonar aranceles por trámites específicos cubiertos por la disposición modificada.
- Abogados y estudios jurídicos que gestionan pagos en nombre de sus clientes y calculan presupuestos de litigio.
- Auxiliares jurisdiccionales y personal de Mesa de Partes, responsables de verificar el pago correcto antes de admitir escritos o solicitudes.
- Peritos, martilleros y otros auxiliares cuyos honorarios o depósitos judiciales puedan estar referenciados a los valores arancelarios.
Qué debes tener en cuenta
Antes de presentar cualquier escrito o solicitud ante un juzgado, conviene verificar si el trámite específico que vas a realizar queda comprendido en la Trigésima Séptima Disposición Adicional modificada, ya que pagar un monto desactualizado puede generar observaciones o rechazos en Mesa de Partes. Para los abogados, actualizar las estimaciones de costos procesales en contratos de honorarios o presupuestos es una medida prudente. Dado que la norma no detalla públicamente cada monto ajustado en su sumilla, conviene revisar el texto completo de la resolución publicado en el Diario Oficial El Peruano para conocer los valores exactos vigentes. Las modificaciones arancelarias no suelen tener vacatio legis extendida, por lo que el cambio puede ser exigible desde la propia fecha de publicación.
Estar al día con los aranceles judiciales vigentes es una obligación práctica que evita contratiempos procesales innecesarios; revisar la norma completa es el primer paso indispensable.
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